El concejal de Movilidad del Ayuntamiento de Málaga, José del Río, ha recordado a la ciudadanía malagueña que desde el pasado 2 de enero, con la entrada en vigor de la última modificación del Reglamento General de Circulación, está prohibida la circulación de cualquier tipo de vehículo por las aceras, paseos y demás zonas peatonales.
Así, Del Río, ha recordado que el Consejo de Ministros aprobó el pasado mes de noviembre el Real Decreto que modifica tanto el Reglamento General de Circulación como el Reglamento General de Vehículos en materia de medidas de regulación del tráfico urbano --redefiniendo la velocidad en vías urbanas--, a la vez que regula la circulación de los vehículos de movilidad personal.
Al respecto, y en cuanto a los VMP, ha aclarado que, el Real Decreto establece que este medio de transporte se considera un vehículo de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima comprendida entre 6 y 25 kilómetros/hora.
Esta nueva definición incorporada por la Dirección General de Tráfico conlleva, entre otros aspectos, la prohibición de circular por aceras y demás zonas peatonales a los VMP.
En relación con las bicicletas, Del Río ha explicado que las normas relativas a este tipo de vehículo, que prohibían su circulación por aceras y zonas peatonales, ya se encontraban en vigor desde hace años. Concretamente, así lo establece el Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación.
Asimismo, el concejal ha recordado que la nueva normativa municipal, en vigor desde el pasado miércoles, recoge todos los imperativos legales incluidos en la Ley de Seguridad Vial y el Reglamento General de Circulación, al resultar de obligado cumplimiento.
Por ello, ha dicho, la solicitud de moratoria para su entrada en vigor, por parte de los grupos de la oposición, "es inviable desde el punto de vista técnico y jurídico pues entró en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, limitándose a cumplir, tal y como se señala en el texto de la ordenanza, el marco legal de infracciones previstas en la legislación estatal".
Por último, Del Río ha señalado que lo regulado en la normativa municipal "no es una decisión unilateral del Ayuntamiento de Málaga ya que el criterio para su redacción y cumplimiento se ciñe escrupulosamente a lo exigido por las leyes estatales y por la Dirección General de Tráfico".