El Ayuntamiento de Mijas ha puesto en marcha una nueva línea de ayudas económicas por nacimiento, adopción o acogimiento, dotada con 100.000 euros y dirigida a apoyar a las familias del municipio en los primeros gastos vinculados a la llegada de un menor al hogar.
La alcaldesa, Ana Mata, ha presentado esta prestación, que se concede por primera vez en Mijas y que tendrá una cuantía de 300 euros por cada menor. La ayuda tiene carácter de apoyo familiar y no será necesario justificar el gasto concreto, al estar pensada para cubrir necesidades iniciales.
"Es una nueva línea de ayudas que originamos por primera vez en nuestro municipio con el objetivo de ayudar a las familias. Creemos que con ellas podemos ayudar en esos momentos iniciales, como el nacimiento de un bebé, una acogida o una adopción", ha señalado Mata.

Podrán beneficiarse las personas progenitoras, adoptantes o acogedoras cuyo nacimiento, adopción o acogimiento se haya producido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025. Entre los requisitos figuran estar empadronados en Mijas con una antigüedad mínima de cinco años, convivir con el menor en un domicilio del municipio y estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
En los casos de nacimientos múltiples, adopciones de más de un menor o acogimiento de varios niños, la cuantía se concederá por cada menor, por lo que las familias podrán recibir 300 euros por cada hijo o hija que cumpla los requisitos establecidos.
Solicitudes del 20 de agosto al 10 de septiembre
El plazo para solicitar la ayuda se abrirá el 20 de agosto y permanecerá activo hasta el 10 de septiembre. Las familias interesadas podrán presentar la documentación a través de la sede electrónica municipal, en www.mijas.es, o de forma presencial en los registros de entrada del Ayuntamiento y de las Tenencias de Alcaldía.
La documentación requerida incluye copia del DNI o NIE del solicitante, libro de familia o resolución judicial o administrativa de adopción o acogimiento, certificado de empadronamiento histórico colectivo y documento acreditativo de la cuenta bancaria. En su caso, también deberá aportarse certificado de discapacidad del menor objeto de la ayuda o del hermano que motive la solicitud, cuando sea igual o superior al 33%.





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