El Ayuntamiento de Benalmádena ha aprobado de forma definitiva en el pleno de este jueves la regulación de su organización y régimen de funcionamiento mediante un Reglamento Orgánico. De esta forma, contará con un instrumento normativo para regular su funcionamiento básico y la organización general de los órganos necesarios y complementarios municipales.
Con la aprobación del Reglamento, además, se adaptará la marcha de la actividad municipal a las nuevas normativas que han modificado las competencias municipales. El Reglamento Orgánico está compuesto por un Preámbulo, un Título Preliminar, cuatro títulos y disposiciones adicional, derogatoria y final.
El Título Primero regula el Estatuto de los Miembros de la Corporación Local. Está compuesto por cinco capítulos que reglamentan la adquisición, suspensión y pérdida de la condición de miembro de la Corporación Municipal; los derechos y deberes de los miembros de la Corporación, los grupos políticos, el registro de intereses y los tratamientos honoríficos.

Por su parte, el Título Segundo se dedica a la regulación de la Organización Municipal, donde se recoge la ordenación de los Órganos Unipersonales del Municipio: el alcalde, los tenientes de alcalde y los concejales. Regula, igualmente, este título segundo, los órganos colegiados del municipio: esto es: el Pleno, la Junta de Gobierno Local, las Comisiones Informativas y la Comisión Especial de Cuentas.
El Título Tercero establece la ordenación de los Órganos Necesarios del Ayuntamiento. En este apartado se regula el funcionamiento del pleno, incluyendo las sesiones del pleno, los debates y las votaciones; así como el funcionamiento de la Junta de Gobierno Local.
Por último, el Título Cuarto recoge el funcionamiento de los órganos complementarios del Ayuntamiento, como son las Comisiones Informativas. Antes de su deliberación y votación en pleno, el reglamento estuvo a disposición de la oposición para que pudieran plantear aportaciones, algunas de las cuales se incorporaron al texto definitivo que ha sido aprobado definitivamente.





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