El Ayuntamiento de Málaga abrirá mañana, martes 13 de enero, el plazo para solicitar la participación en la sexta convocatoria de subvenciones para personas propietarias de viviendas con escasos recursos económicos. Se trata de una línea de ayudas de 200 euros anuales dirigida a personas pensionistas o desempleadas, empadronadas en Málaga, con la que se persigue favorecer el mantenimiento de la vivienda habitual y que ésta se dote de las condiciones de salubridad, ornato y conservación adecuadas. Para esta edición se destina un millón de euros. La convocatoria, que fue aprobada por la Junta de Gobierno Local el pasado 16 de diciembre, ha sido publicada hoy en el Boletín Oficial de la Provincia, por lo que desde mañana hasta el 2 de febrero se podrán presentar las solicitudes.
Tal y como recogen las bases, podrán tramitarse a través de medios electrónicos del Consistorio (https://sede.malaga.eu) o de forma presencial en las Oficinas de Registro, en las distintas Oficinas Municipales de Atención a la Ciudadanía (OMAC) y en el Organismo Autónomo de Gestión Tributaria (Gestrisam). Además, también se habilitará un número de teléfono (951 92 92 92) para ofrecer información y asistencia a las personas interesadas.
Tras las sucesivas convocatorias, el Ayuntamiento dispone de un censo de personas reconocidas como beneficiarias para que puedan mantener su condición tras la revisión del cumplimiento de los requisitos de la presente convocatoria. De este modo, se da continuidad a la iniciativa y se facilita la gestión de las ayudas económicas, de las que en la convocatoria de 2025 se han beneficiado 3.263 personas, con un importe total de 652.600 euros. Estas mismas personas podrán seguir percibiendo la ayuda si mantienen los requisitos que le otorgaron derecho a ello y al mismo tiempo se incorporarán aquellas otras que así lo soliciten en el plazo que se abrirá para ello y se les sea concedida.
Con carácter general, el primer requisito para poder optar a esta subvención pasa por tener una vivienda sobre la que se ostente algún derecho de concesión administrativa, superficie, usufructo, propiedad o copropiedad. Además, sólo podrá percibirse una ayuda por cada unidad de convivencia, entendiendo como tal el conjunto de personas que cohabitan en una vivienda y que figuran como empadronadas en la misma.
Requisitos económicos
Igualmente, los ingresos totales de la persona beneficiaria y sus convivientes no pueden exceder el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) anual vigente para 14 pagas multiplicado por 1,7, lo que equivale a 1.020 euros mensuales o 14.280 euros anuales distribuidos en 14 pagas). En el caso de que el solicitante sea un pensionista que reciba la pensión mínima con el complemento del cónyuge a cargo, dicho complemento quedará excluido del cómputo para calcular el límite de sus ingresos. Igualmente, también quedarán excluidos los ingresos que perciban los pensionistas en situación de dependencia, gran invalidez o situaciones similares para afrontar la asistencia por parte de terceros, así como las prestaciones económicas por dependencia.
Por último, los solicitantes deben tener domiciliados los tributos municipales de IBI y IVTM y, en el caso de las personas desempleadas, deberán estar inscritas en el Servicio Andaluz de Empleo (SAE) al menos durante seis de los últimos 12 meses previos a la solicitud.





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