Hasta 32 personas afectadas por la promotora Grupo 21, la mayoría de Almería, recibirán 347.750 euros por devoluciones de una entidad financiera condenada por incumplir el deber de vigilancia que le impone la Ley de Ordenación de la Edificación.
Ese ha sido el fallo del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Valencia, que obliga a Caixabank a reingresar dicha cuantía, más los intereses legales a esta treintena de clientes del despacho de abogados El Defensor de tu Vivienda, según ha informado el bufete en un comunicado.
La resolución judicial ha declarado acreditado que los compradores realizaron pagos anticipados, destinados a la adquisición de unas viviendas que nunca llegaron a construirse, mediante ingresos en cuentas de la promotora abiertas en este banco.

La entidad permitió la libre disposición y transferencia de estos fondos sin exigir la apertura de una cuenta especial ni la constitución de un aval o seguro que garantizara la devolución del dinero, tal como exige la normativa vigente.
El fallo ha considerado probado que el banco tenía conocimiento, o debía tenerlo, de que dichos ingresos correspondían a pagos de compradores de vivienda sobre plano. Por su parte, la promotora carecía de estructura real para ejecutar las obras, no llegó a iniciar las promociones y no cumplió con la obligación de garantizar las cantidades entregadas.
Como consecuencia de estos hechos, Caixabank deberá abonar las cuantías entregadas por cada uno de los afectados, junto con los intereses legales generados desde la fecha de cada pago.
El abogado de El Defensor de tu Vivienda, Pablo Sevillano, ha señalado que esta resolución judicial "vuelve a dejar claro que las entidades financieras no pueden actuar como meros intermediarios pasivos".
El letrado ha subrayado que cuando los bancos reciben dinero de compradores de vivienda, "tienen la obligación de controlar y proteger esos fondos".





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