Un vecino de Almería capital ha logrado cancelar más de 1,08 millones de euros de deuda gracias al mecanismo de la Ley de Segunda Oportunidad, en una de las mayores exoneraciones económicas concedidas en esta provincia desde la entrada en vigor de esta normativa.
La Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Almería, plaza número 2, ha dictado un auto por el que acuerda la conclusión de un procedimiento concursal de persona física y reconoce el derecho del deudor a la exoneración definitiva del pasivo insatisfecho, según ha informado el abogado Joaquín García Martínez, del bufete García y Rojas Abogados, que ha tramitado el procedimiento.
La resolución judicial supone la cancelación de una cantidad superior a 1.080.000 euros y afecta a créditos financieros y otros pasivos concursales, dentro del mecanismo legal previsto para particulares en situación de insolvencia.
Según la información facilitada por el letrado, el auto aprecia que concurren todos los requisitos legales de buena fe exigidos por el texto refundido de la Ley Concursal.
La magistrada destaca expresamente que el beneficiario reúne la condición de "deudor de buena fe", al no haberse formulado oposición en el procedimiento, haber colaborado plenamente con la administración concursal y haber aportado correctamente toda la documentación legalmente exigida.
Además de acordar la exoneración definitiva de las deudas, la resolución declara extinguidos los efectos del concurso, acuerda el cese de la administración concursal y permite actualizar los registros de solvencia e información crediticia afectados por las cantidades ahora canceladas.
El auto analiza también la aplicación actual de la Ley de Segunda Oportunidad tras la reforma introducida por la Ley 16/2022, así como la exoneración de créditos públicos, los límites del artículo 489 del texto refundido de la Ley Concursal, la directiva europea 2019/1023 y la doctrina reciente del Tribunal Supremo sobre exoneración del pasivo insatisfecho.





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