El Juzgado de Primera Instancia número 5 de Málaga ha confirmado el derecho de unos abuelos a tener relación con sus dos nietos y poder visitarlos a través de un régimen regulado.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, se indica que los abuelos podrán visitar a sus dos nietos en presencia de los padres, el primer jueves de cada mes desde las 17:00 a las 19:00 horas en un centro comercial o, en cualquier otro lugar que se adecue a las necesidades de los menores.
La magistrada ha acordado que se establezca el contacto entre padres y abuelos a través de los tíos paternos de los menores y en caso de que los menores se indispongan durante el desarrollo de la visita, la misma se suspenderá.
En caso de imposibilidad de realizar el régimen de visitas un concreto primer jueves de cada mes, las partes, a través de los intermediarios, pactarán el desarrollo de la visita en otro día, se destaca en la resolución judicial, que ha estimado parcialmente la demanda presentada por los abuelos en 2024.

Los abuelos han dicho a EFE estar satisfechos con la resolución y han asegurado solo quieren ser parte de las vidas de los pequeños y darles cariño, cumpliendo "escrupulosamente" con las condiciones impuestas por la jueza y demostrando "que nuestro interés es el bienestar de nuestros nietos".
La demanda, interpuesta el abogado de familia Jesús Odériz, se fundamentaba en el artículo 160.2 del Código Civil, que establece que no podrán impedirse sin justa causa las relaciones personales de los menores con sus abuelos.
La magistrada en los fundamentos de derecho ha destacado que efectivamente la "pretensión" de los abuelos está fundamentada por la ley en el artículo 160.2 del Código Civil y fija a favor de los mismo y en interés de los menores un derecho de visitas.





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