El Ministerio de Sanidad ha abierto el trámite de audiencia e información pública del proyecto de real decreto que regulará por primera vez en España la situación de electrodependencia, una condición que afecta a personas que necesitan un suministro eléctrico constante para mantener funciones vitales o evitar secuelas funcionales graves.
La norma, impulsada tras las lecciones del apagón del 28 de abril de 2025, busca mejorar la identificación, localización y atención de estos pacientes ante cortes graves de electricidad. Para ello, el texto prevé la creación de un certificado de electrodependencia y de un Registro estatal integrado en el Sistema de Información Sanitaria del Sistema Nacional de Salud.
El proyecto establece una definición común para todo el territorio y fija los criterios clínicos necesarios para acreditar esta situación. Se considerará persona electrodependiente aquella que, por motivos de salud, precise electricidad de forma permanente o durante determinados periodos para alimentar productos sanitarios prescritos por un especialista, siempre que resulten indispensables para garantizar funciones vitales o evitar daños funcionales graves.
Para obtener el reconocimiento deberán cumplirse cuatro requisitos: padecer una patología grave, necesitar un producto sanitario que funcione con electricidad, contar con una prescripción médica especializada y acreditar que una interrupción del suministro pondría en riesgo la vida de la persona o podría causarle secuelas graves.

Un equipo médico conectado a la red eléctrica ilustra la dependencia de algunos pacientes de un suministro continuo para mantener su tratamiento
El especialista responsable del seguimiento informará a la persona interesada de la posibilidad de solicitar el certificado. La petición podrá realizarla la propia persona o su representante ante la comunidad autónoma de residencia. Una vez comprobado el cumplimiento de los criterios, el certificado se incorporará a la historia clínica.
El documento identificará el producto sanitario prescrito, el motivo de la indicación, las horas diarias de uso, la duración prevista del tratamiento y el nivel de criticidad en caso de interrupción eléctrica. La condición de electrodependencia se mantendrá mientras sea necesario utilizar el dispositivo, bajo supervisión del especialista de referencia.
La futura norma clasificará el riesgo en tres niveles. El nivel 1, de riesgo extremo, se aplicará cuando la supervivencia sin el dispositivo sea inferior a 30 minutos. El nivel 2, de riesgo alto, incluirá los casos en los que ese margen se sitúe entre 30 minutos y cuatro horas. El nivel 3, de riesgo moderado, corresponderá a las situaciones en las que la persona pueda permanecer más de cuatro horas sin el dispositivo.
Esta clasificación permitirá establecer prioridades y orientar la respuesta de las autoridades sanitarias y los servicios de protección civil durante una emergencia. Sanidad sostiene que el registro facilitará la continuidad asistencial en todo el territorio y permitirá verificar la condición de electrodependencia desde cualquier servicio de salud.
El Registro estatal de personas en situación de electrodependencia deberá estar plenamente operativo en un plazo máximo de doce meses desde la entrada en vigor del real decreto. Además de reforzar la atención sanitaria, la información disponible podrá ayudar a diseñar políticas sanitarias, sociales y energéticas y a priorizar actuaciones ante emergencias.
El proyecto permanecerá sometido al trámite de audiencia e información pública hasta el 11 de septiembre. Las aportaciones podrán presentarse a través del correo informacion_publica@sanidad.gob.es.





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