La pregunta parece sencilla, pero la respuesta no cabe en una sola cifra: un alcalde no cobra lo mismo en Madrid que en un pequeño municipio de interior, ni percibe igual quien gobierna con dedicación exclusiva que quien compatibiliza el cargo con otro empleo. En España, la retribución de los regidores municipales se mueve entre los cero euros y los más de 100.000 euros brutos anuales, siempre dentro de unos límites legales fijados por el Estado y aprobados después por cada pleno municipal.
El salario de un alcalde depende, ante todo, del tamaño del municipio. La Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local establece que los Presupuestos Generales del Estado determinan cada año el límite máximo que pueden percibir los miembros de las corporaciones locales por todos los conceptos retributivos y asistencias. Esa escala toma como referencia la retribución de un secretario de Estado y aplica reducciones según la población: cuanto más pequeño es el ayuntamiento, menor es el tope. Así, los municipios de más de 500.000 habitantes pueden situarse en la franja más alta, mientras que los de entre 1.000 y 5.000 habitantes tienen un límite sensiblemente inferior. En los de menos de 1.000 vecinos, además, la regla general impide la dedicación exclusiva, aunque puede haber dedicaciones parciales en condiciones tasadas.
La consecuencia práctica es que no existe un "sueldo de alcalde" universal. Cada corporación debe aprobar en pleno el régimen de dedicación y las cantidades que percibirán el alcalde y, en su caso, los concejales liberados. La dedicación exclusiva implica que el cargo se ejerce como actividad principal y con alta en la Seguridad Social; la dedicación parcial remunera solo una parte del tiempo de trabajo; y quienes no tienen dedicación pueden cobrar asistencias por acudir a órganos colegiados, siempre que no perciban ya una retribución fija por el cargo. También hay alcaldes que no cobran nada, bien por decisión política, bien porque el municipio no dispone de recursos o porque el cargo se ejerce sin dedicación remunerada.

El sueldo de un alcalde depende del tamaño del municipio, la dedicación aprobada y los límites legales fijados para las corporaciones locales
Los datos oficiales se recogen en el sistema ISPA, la Información Salarial de Puestos de la Administración, una plataforma del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública que recopila las percepciones de cargos electos locales y personal empleado público. La estadística más reciente publicada bajo ISPA 2025 recoge las retribuciones correspondientes a 2024 de ayuntamientos, diputaciones, cabildos, consejos insulares y comunidades autónomas. El propio portal recuerda que todos los ayuntamientos deben remitir información sobre alcaldes y concejales, incluso cuando no hayan percibido cantidad alguna durante el ejercicio.
Las cifras publicadas muestran una enorme dispersión. En las grandes capitales, los salarios de los alcaldes pueden rondar o superar los 90.000 euros brutos anuales, y en casos como Madrid, Barcelona o Bilbao se han situado por encima de los 100.000 euros en distintos listados recientes. En el otro extremo, miles de municipios pequeños declaran retribuciones nulas o muy reducidas. Esa diferencia no responde solo a la población: influyen el presupuesto municipal, el acuerdo del pleno, la carga de gestión, la existencia de dedicación exclusiva o parcial y, en algunos casos, decisiones políticas de contención salarial.
Por eso conviene distinguir entre el límite legal y lo que realmente se cobra. El límite marca el techo; no obliga a alcanzarlo. Un alcalde de una localidad mediana puede tener autorizado un máximo superior al salario finalmente aprobado por su ayuntamiento. A la inversa, una retribución llamativa no es necesariamente irregular si está dentro del tramo legal, ha sido aprobada por el pleno, cuenta con consignación presupuestaria y se publica en los canales de transparencia correspondientes. La legalidad depende de esos controles, no de la percepción social sobre si la cantidad parece alta o baja.
La transparencia, sin embargo, sigue siendo el punto débil del sistema. Aunque la obligación de remitir datos es general, cada ejercicio hay ayuntamientos que no comunican sus percepciones o lo hacen con retraso. Esa ausencia de información dificulta que los vecinos comparen, evalúen y fiscalicen cuánto cuesta la representación política local. Herramientas elaboradas a partir de ISPA permiten consultar los sueldos municipio a municipio, pero dependen de la calidad de los datos enviados por las propias corporaciones.
En términos periodísticos, la respuesta a "¿cuánto cobra un alcalde?" exige mirar tres preguntas: cuántos habitantes tiene el municipio, qué dedicación tiene aprobada el regidor y cuánto acordó pagar el pleno. Solo después puede compararse con el máximo legal y con lo que perciben alcaldes de localidades similares. En una democracia local madura, el debate no debería limitarse a señalar una cifra, sino a valorar si esa remuneración está justificada por la responsabilidad asumida, si se publica con claridad y si guarda proporción con los recursos del ayuntamiento y las necesidades de sus vecinos.
Fuentes consultadas: Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local; portal ISPA del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública; datos salariales publicados a partir de la Información Salarial de Puestos de la Administración.





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