El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena a 24 años de prisión impuesta al acusado de robar y asesinar al exconcejal socialista de Granada José Miguel Castillo Higueras, cargos por los que las acusaciones habían solicitado una pena a prisión permanente revisable.
La sentencia del alto tribunal, a la que ha tenido acceso EFE, ha rechazado el recurso interpuesto por la letrada del condenado, que anteriormente también había intentado reducir la pena ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
La pena se encuadra en el veredicto de culpabilidad que dictó el 31 de enero pasado el jurado popular encargado de la causa y que consideró probado que el condenado robó, golpeó y causó la muerte del exconcejal socialista.
Los hechos se remontan a la mañana del 23 de enero de 2022 cuando el exconcejal salió de su casa como hacía habitualmente y se dirigió desde San Antón en dirección a Recogidas, vías céntricas, hasta que se cruzó con el procesado, que le golpeó en la cara para robarle, un golpe que le hizo caer al suelo.
El hombre fue auxiliado por varios ciudadanos, incluido el ondenado, que dejó las cosas que había robado en la acera cercana.
Cuando Castillo Higueras fue levantado del suelo, siguió su marcha aturdido, sin reconocer al agresor y sin sus cosas, facultades mermadas por el primer golpe.

La sede del Tribunal Supremo de España, en Madrid
El condenado volvió entonces a perseguirle, según recogieron las cámaras de seguridad de la calle y, tras un "seguimiento férreo" durante media hora, le propinó un fuerte golpe en la cara que provocó la caída fulminante de la víctima que aprovechó para robarle.
Durante el juicio, el condenado negó haber asesinado a la víctima, aseguró que se acercó a él para prestarle ayuda porque creyó que iba borracho y que además le debía dinero.
La sentencia del Supremo ratifica la dictada por la Audiencia de Granada y que también confirmó el TSJA y condena al joven procesado a dos años de prisión por cada uno de los dos delitos de robo con violencia y otros 20 años de cárcel por un delito de asesinato, además de 10 años de libertad vigilada.
Aunque la defensa del condenado ha alegado vulneración del derecho a la presunción de inocencia, un error en la apreciación de la prueba y que se vulneró también la tutela judicial efectiva, el Supremo se ha remitido a la revisión que hizo de la causa el TSJA y ha recalcado que existen elementos probatorios "sólidos" como la grabación de las cámaras de seguridad.
La Fiscalía y la acusación particular, que ejerció el letrado Antonio Sánchez-Jáuregui, habían solicitado una condena a prisión permanente revisable por el asesinato y habían solicitado otros cuatro años de prisión por los robos.





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