El Gobierno ha aprobado el anteproyecto de Ley Orgánica reguladora del derecho al secreto profesional de periodistas y prestadores de servicios informativos, tras su aprobación en el Consejo de Ministros del 22 de julio. La norma desarrolla por primera vez de forma específica el artículo 20.1.d) de la Constitución y busca garantizar la confidencialidad de fuentes y comunicaciones en consonancia con el Reglamento Europeo sobre Libertad de Medios (EMFA). Se trata de una regulación reivindicada desde hace años por la profesión periodística que, sin embargo, no exige la titulación de periodista o comunicador audiovisual en la definición de profesional de la información. En este sentido, la Asociación de la Prensa de Málaga (APM) contempla presentar alegaciones al anteproyecto en el plazo correspondiente, según ha anunciado su presidenta, Elena Blanco Castilla.
El articulado aborda el objeto, la finalidad y el alcance del derecho constitucional a la protección de las fuentes de los profesionales de la información, delimitando quienes son sus titulares, con la siguiente definición: "Toda persona física o jurídica que se dedique profesionalmente a la búsqueda, tratamiento y difusión de información veraz de interés público, a través de cualquier medio de comunicación, con la finalidad de hacer efectivo el derecho a la información". En este sentido, además de denunciar la ambigüedad en la definición, la Junta directiva de la APM considera inaceptable que se amplíe este derecho a otras personas, lo que desprofesionaliza la figura del periodista y difumina los límites entre profesionales de la información y creadores de contenido, con el riesgo de que personas sin formación deontológica o ética puedan ampararse en el secreto profesional.
Así mismo, la APM considera cuestionable la inclusión de "persona jurídica", por entender que el secreto profesional es una garantía individual, mientras que empresas editoras o medios no periodísticos pueden tener intereses ajenos al derecho a la información. Por último, tampoco se menciona en el articulado la necesidad de asumir un código deontológico ni la pertenencia a órganos autorregulatorios. La Asociación de la Prensa de Málaga considera que la definición de profesional de la información debe hacer mención expresa a las titulaciones en Periodismo y Comunicación Audiovisual y a aquellos profesionales con carné expedido por Fape y Colegios Profesionales de Periodistas que han acreditado su buen hacer y su aceptación de los códigos deontológicos de la profesión.
La Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE) ha aplaudido la iniciativa, calificándola de "buena noticia para la libertad de prensa y el libre ejercicio del periodismo". No obstante, sobre la definición del profesional de la información y otros aspectos del documento, consultado su presidente, Miguel Ángel Noceda, manifiesta que espera que en el trámite parlamentario se pueda matizar y mejorar el texto.