El TSJA ha admitido un recurso de Vox y ha anulado la ordenanza municipal de movilidad de Málaga respecto al requisito de la domiciliación en esta ciudad de un vehículo para poder circular por sus Zonas de Bajas Emisiones (ZBE), aún cuando carezcan de etiqueta ambiental.
La circulación por el interior de las ZBE con un vehículo que no cumpliera los requisitos se consideraba infracción grave y conllevaba una sanción de 200 euros.
La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), a la que ha accedido EFE, estima en parte el recurso contencioso administrativo y deja sin efecto el título II capítulo I de esa ordenanza del Ayuntamiento malagueño de noviembre de 2024, aunque aún cabe interponer recurso de casación.
La resolución señala que el referido requisito "afecta a la libre circulación de mercancías y personas, vulnerando el principio de libertad de empresa y de unidad de mercado; sin que conste una justificación técnica proporcionada, ambientalmente imperiosa y no discriminatoria".
Vox adujo discriminación
Vox adujo que se vulneraba "el principio de libertad económica" al "existir una absoluta discriminación entre los habitantes de la ciudad de Málaga con los de otros municipios, así como entre negocios y establecimientos radicados dentro de la ZBE respecto a los ubicados fuera de ella".

Foto de archivo
La sentencia señala que la aplicación de ordenanzas que discriminan entre residentes y no residentes del municipio "plantea un conflicto jurídico entre el principio de libertad económica (libre empresa), la unidad de mercado y la autonomía local para gestionar el tráfico y el medio ambiente".
Y recuerda que "el Tribunal Supremo ha determinado que el mero empadronamiento no puede ser el único criterio para establecer bonificaciones en tasas o privilegios de circulación, ya que vulnera el principio de igualdad y la Ley de Unidad de Mercado".
Añade que "las ordenanzas no pueden limitar de forma directa o indirecta la actividad empresarial de los operadores de transporte o logística de otros municipios" y que "los tribunales han anulado restricciones de circulación que perjudican desproporcionadamente a vehículos de trabajo de no residentes".
Restricciones del segundo año de vigencia
Málaga arrancó en noviembre pasado el segundo año de vigencia de su ordenanza de movilidad sostenible, que restringe el acceso y circulación por las ZBE a determinados vehículos (coches y motos), ante lo que Vox intensificó su campaña contra la medida al considerar que había falta de base científica en la medida y afán recaudatorio.
La restricción afectó a vehículos sin etiqueta medioambiental y que no estuvieran domiciliados en la capital antes de la entrada en vigor de la ordenanza (30 de noviembre de 2024).
La ZBE de Málaga comprende 437 hectáreas de circulación limitada y tiene como objetivos la mejora de la calidad del aire y los niveles de ruido, el cambio del reparto modal de la movilidad con la reducción del tráfico privado y el fomento del transporte público, el impulso del uso de vehículos menos contaminantes, la digitalización de la movilidad y el aumento de la productividad del transporte.
Esta área central de bajas emisiones, denominada envolvente, se controla en función de la clasificación medioambiental de los vehículos y mediante sistemas de gestión de la circulación y sistemas inteligentes de reconocimiento de matrícula conectados a un programa integrado en la plataforma de control de movilidad de la ciudad.





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