El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado de 19 a doce años y nueve meses de prisión la condena impuesta a un hombre por agredir sexualmente a una menor de 14 años en la provincia de Almería al apreciar un error en la sentencia inicial.
La Sala de lo Civil y Penal ha desestimado el recurso de apelación presentado por la defensa del acusado, pero aún así ha modificado de oficio la calificación jurídica de los hechos al detectar un error en la primera sentencia.
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Almería lo había condenado inicialmente por dos delitos separados, pero el alto tribunal andaluz determina que, por estricta legalidad, las acciones deben agruparse como un único delito continuado de agresión sexual a menor de 16 años con uso de violencia e intimidación.

Los hechos ocurrieron entre abril y junio de 2022, cuando el condenado realizaba unas obras para la madre de la víctima. Tras ganarse la confianza de la familia, el procesado contrató a la menor para limpiar viviendas en varios municipios del Levante almeriense y aprovechó que se encontraban a solas en los inmuebles para cometer los delitos.
La resolución judicial también impone al procesado la prohibición de aproximarse a menos de quinientos metros de la víctima y de comunicarse con ella por cualquier medio durante 16 años. Asimismo, deberá cumplir una inhabilitación especial para oficios que conlleven contacto con menores por un tiempo de doce años y siete meses, y afrontar el pago de una indemnización de 50.000 euros.





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