El Ayuntamiento de Santa Cruz, a través del área de Obras e Infraestructuras, gestionada por el concejal Javier Rivero, visitó esta mañana la apertura de la prolongación de la calle Santa Teresa de Jornets e Ibars, tras haber procedido a la demolición de la casa ubicada en el número 70 de Álvarez de Lugo, que tras su expropiación ha permitido la urbanización de esa parcela de 146 m2, "que forma parte del plan de barrios que ejecuta el Ayuntamiento para la apertura y ampliación de la citada calle, que mejora las zonas peatonales y viales en esta zona céntrica de la capital tinerfeña", aclara el alcalde, José Manuel Bermúdez.
Por su parte, el concejal Javier Rivero pone en valor que "terminamos una nueva obra del plan de barrio, en la que hemos invertido unos 130.000 euros en la demolición de la antigua vivienda que había sido expropiada para hacer la urbanización de la calle y el encuentro entre Álvarez de Lugo y Santa Teresa de Jornets e Ibars" y agrega que "conseguimos así dar respuesta, además, a una reivindicación histórica de los vecinos de la zona hemos, al tiempo que conseguimos más plaza de aparcamiento de para vehículos y para motos, mejorando así la seguridad vial y el tráfico, con la conexión vehicular y peatonal en el barrio de Duggi".

"La demolición realizada -recuerda Rivero- es la correspondiente a las viviendas que fueron expropiadas en su momento por este Ayuntamiento, con la finalidad de poder disponer de continuidad de la calle, por lo que una vez derribadas ahora ha concluido la ampliación de la calle Santa Teresa de Jornets" y argumenta que "de esta manera cumplimos con el compromiso adquirido con los vecinos y vecinas de los edificios más cercanos al estrechamiento anterior, tras el derribo del inmueble expropiado, cuya construcción se inició en 1900 y que quedó fuera de alineación cuando se trazó la calle, invadiendo la calzada".
Para concluir se especifica que la edificación se encontraba en un estado prácticamente de ruina, por lo que el área de Urbanismo dictó en su momento una orden de ejecución de medidas de seguridad, exigiendo a los dueños de la casa que adoptasen todas aquellas acciones que fuesen necesarias. Precisamente, en esa orden se estableció que el inmueble presentaba un deficiente estado, signos de abandono y degradación exterior, detectándose también en ese momento el hundimiento parcial de parte del techo de la edificación.