El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía ha publicado hoy la regulación de recogida de setas en terrenos forestales de la provincia de Córdoba, una práctica que estará permitida hasta el 31 de mayo de 2026. La recogida de setas en la provincia de Córdoba es una actividad tradicional en algunos municipios, que, en los últimos años, ha despertado un interés creciente, según ha informado el delegado de Sostenibilidad y Medio Ambiente, Rafael Martínez.
El responsable territorial ha defendido la necesidad de una regulación que "evite episodios de recogida incontrolada y abusiva que pueda ocasionar daños al medio ambiente, y en particular a nuestras poblaciones de setas para garantizar su persistencia y capacidad de regeneración".
La recogida de setas en los montes públicos pertenecientes a la Junta de Andalucía será gratuita, aunque se puede restringir el acceso a dichos montes por razones de seguridad, por actividad cinegética o por trabajos relacionados con el mantenimiento y gestión. No obstante, las personas que vayan a realizar esta actividad lo deberán comunicar al Ayuntamiento del municipio donde se encuentre localizado el monte.
La recogida en los montes públicos de la provincia de Córdoba pertenecientes a la Junta de Andalucía será gratuita, salvo que expresamente se advierta lo contrario en el Plan Anual de Aprovechamientos en vigor.

En los montes públicos pertenecientes a Ayuntamientos será también de aplicación las disposiciones que los municipios establezcan al respecto, mientras que en los terrenos particulares la recogida precisará de la autorización de sus propietarios. Los terrenos públicos y privados con aprovechamientos de setas concedidos se regirán por su normativa específica al igual que los que se encuentren en los Espacios Naturales Protegidos.
La recogida de setas no conllevará alteración de la capa superficial del suelo. Se prohíbe expresamente el empleo de herramientas como rastrillos, escardillas, azadas u otros utensilios que remuevan el mantillo del suelo produciendo daños en el micelio de los hongos, lo que puede impedir la aparición de nuevos ejemplares en el futuro.
No se permite la recolección de setas inmaduras y deberán respetarse las no comestibles, las que no se conozcan o no vayan a recolectarse por estar en mal estado o pasadas, ya que todas ellas desempeñan una útil función ecológica.
Igualmente se prohíbe la recogida durante las horas nocturnas de acuerdo con los horarios de salida y puesta de sol indicados por el Instituto Geográfico Nacional para la provincia de Córdoba que pueden ser consultadas en la página web http://astronomia.ign.es/hora-salidas-y-puestas-de-sol
Asimismo, no está permitido el empleo de linternas, ni otras fuentes de luz artificial y se utilizarán cestas u otros elementos de transporte que permitan la aireación y dispersión de las esporas. Queda prohibida la circulación de vehículos campo a través, perturbar a la fauna con ruidos o aproximaciones, así como abandonar residuos en el monte.
El incumplimiento de estas condiciones constituirá una infracción administrativa que dará lugar a la apertura del correspondiente expediente sancionador y al decomiso de las setas recolectadas.