La sección segunda de la Audiencia Provincial de Córdoba ha condenado a doce años de prisión a un hombre por un delito continuado de agresión sexual a una menor, hija de su pareja con la que convivía en el mismo domicilio.
La resolución judicial, ratificada ahora por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) y consultada por EFE, recoge también que el acusado tiene prohibido durante quince años acercarse a menos de 250 metros de la víctima o comunicarse con ella.
Al acusado también se le ha impuesto seis años de libertad vigilada, una vez que cumpla la pena, y a indemnizar con quince mil euros a la menor por el daño moral sufrido.

Audiencia Provincial de Córdoba
Los hechos por los que ha sido condenado comenzaron en el verano de 2012, cuando la menor, que tenía 8 años, y su hermano más pequeño vivían en el mismo domicilio que el acusado, que era la pareja de su madre.
La madre no trabajaba en el mismo municipio de residencia en ese momento, por lo que solo acudía al mismo dos días a la semana, y el resto del tiempo estaba su pareja con los dos menores.
En el verano de 2012 el acusado entró en la habitación de la menor y la acarició con "ánimo libidinoso", comportamiento que se repitió durante un año y, posteriormente, llegó a penetrarla. A partir de 2016, año en que la menor tuvo la menstruación, este comportamiento se espació hasta cesar en 2020.
La menor contó este comportamiento en un encuentro familiar en enero de 2022 y dos días después lo denunció ante la Guardia Civil.
Como consecuencia de la situación vivida, la menor ha sufrido malestar psicológico que ha requerido ayuda especializada.





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