El Ayuntamiento de Málaga, a través de una instrucción ha precisado que el artículo 39.3 de la ordenanza de Movilidad Sostenible de la ciudad permite la circulación de las personas con movilidad reducida en silla de ruedas (eléctricas y no eléctricas) por la red de carriles bici de Málaga.
Se trata de una petición realizada por la Agrupación de Desarrollo Málaga Accesible, de la que el Ayuntamiento forma parte junto a 83 entidades, en la línea de lo permitido en otras ciudades españolas como Vitoria o Murcia.
Así, a través del mencionado documento emitido por el Área de Movilidad, se establece un nuevo criterio interpretativo para el referido artículo de la ordenanza en la línea de que la expresión "peatones usuarios de monopatines, patines y patinetes sin motor" comprende de igual forma a "los usuarios en sillas de ruedas diseñadas específicamente para la movilidad personal, con o sin asistencia eléctrica, siempre que éstas puedan mantener de manera sostenida una velocidad superior al paso humano".
Por ello, dichas personas podrán circular por los carriles y espacios específicamente habilitados para bicicletas y vehículos de movilidad personal, del mismo modo y respetando las mismas normas que el resto de autorizados, es decir, respetando la prioridad de paso de peatones y ciclistas, así como las normas generales de prudencia y seguridad vial, a fin de no generar riesgo para el resto de usuarios de la vía.





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