El hombre de 74 años que se enfrentaba a una petición fiscal de 15 años acusado de violar presuntamente a su mujer, con la que ha estado casado más de 50 años, ha sido absuelto por la Audiencia de Sevilla, que ha considerado que no hay prueba de cargo suficiente para desvirtuar su presunción de inocencia.
"Los principios generales que rigen en Derecho Penal y el principio 'in dubio pro reo' (en caso de duda a favor del reo) conducen a la absolución del acusado", indica la sentencia de la Sección Cuarta, a la que ha tenido acceso EFE y contra la que cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
La sentencia declara probado que el acusado mantuvo más de 50 años de matrimonio con su mujer, durante el que tuvieron cinco hijos.
En octubre de 2023, la mujer denunció ante la Guardia Civil al procesado, del que estaba en trámites de separación o divorcio.
Denunció que durante toda su vida de casada había sufrido un trato degradante por parte de su marido, que siempre la había tenido coaccionada y controlada, de manera especial en el ámbito económico, y que siempre la había obligado, sin su consentimiento, a mantener relaciones sexuales, forzándola en muchas ocasiones.

A la fecha de la denuncia, añadió que seguía acosándola y coaccionándola a mantener relaciones sexuales sin su consentimiento y que el trato degradante hacia su persona había durante toda su vida.
A partir de estos hechos probado, según la Audiencia, la prueba practicada en el juicio oral no permite estimar "acreditada, de manera inequívoca y con el grado de certeza que exige la condena penal", la comisión por el acusado de los hechos que se le imputan.
'Duda razonable'
"La declaración prestada por la denunciante no reúne los requisitos necesarios para erigirse en prueba de cargo suficiente en que fundar, más allá de cualquier duda razonable, una sentencia condenatoria", señala el tribunal, que sí apunta a un posible comportamiento "controlador del esposo, celoso o machista o de un trato poco considerado".
La Audiencia se refiere igualmente a la existencia de un "contexto de conflicto económico y desacuerdo" con su marido al intentar poner fin al matrimonio o dejar de pagar los gastos a los que hacia frente que, según recoge la sentencia, "propició la denuncia" y "una "posible existencia de móviles espurios".
Según la Fiscalía, en contra de lo sentenciado por la Audiencia, los hechos sí eran constitutivos de un delito continuado de agresión sexual, por el que le pedía al acusado quince años de prisión, otros diez de libertad vigilada e inhabilitación especial para cualquier profesión u oficio que conlleve contacto regular y directo con menores de edad por un tiempo superior a siete años.
La acusación pública mantuvo en su escrito, al que también tuvo acceso EFE, que el hombre obligó a mantener relaciones sexuales a su esposa, sin el consentimiento y en contra de la voluntad de esta, y que hizo caso omiso a sus advertencias.





Guía de San Pedro Alcántara
Comentarios
Aviso





