El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la pena de catorce años de prisión impuesta a M. A. C. V., un hombre condenado violar semanalmente a su hijastro, agresiones que comenzaron en el domicilio familiar de ambos en el Poniente almeriense, cuando la víctima tenía 8 años.
La sentencia de la Sala de lo Civil y Penal del TSJA, a la que ha tenido acceso EFE, desestima el recurso de apelación del condenado y ratifica íntegramente la sentencia de la Audiencia Provincial de Almería de febrero de 2024.
Además de los 14 años de cárcel, el fallo confirma la prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima durante 16 años, la inhabilitación para ejercer cualquier profesión con menores durante el mismo periodo, 6 años de inhabilitación de la patria potestad y una indemnización de 50.000 euros. Se le impone también una medida de 10 años de libertad vigilada tras cumplir la pena de prisión.
La defensa de M. A. C. V. solicitaba la absolución alegando la vulneración de la presunción de inocencia. Sostenía que el testimonio del menor no era veraz, que presentaba contradicciones y que todo respondía a una "falsedad de la denuncia, promovida por la hermana de la supuesta víctima, movida por su enemistad y venganza" hacia él y la madre del niño.

Foto de archivo. (La Noción)
Sin embargo, el TSJA rechaza de plano esta teoría, calificándola de "salto deductivo carente de consistencia". El tribunal considera que la Audiencia de Almería valoró la prueba de forma "razonable y con detallada y clara motivación", y califica el testimonio del menor como "convincente y veraz".
La Sala subraya que la declaración de la víctima, lejos de ser la única prueba, aparece "reforzado por otras vías probatorias". Entre ellas, destaca la declaración de la hermana mayor del menor y, fundamentalmente, la "grabación de la conversación" del 2 de mayo de 2020 en la que el niño, "entre sollozos", interrumpió una videollamada de sus hermanos y "reveló lo que le estaba ocurriendo".
Los hechos probados, ahora confirmados, detallan que los abusos comenzaron en septiembre de 2018, cuando el niño tenía 8 años. El acusado, "aprovechando la relación sentimental" con la madre, la convivencia y "la diferencia de edad, madurez y corpulencia", cometía las violaciones.
Según el fallo, "estos hechos ocurrían todas las semanas", buscando momentos de soledad en la vivienda, "en el colchón o en el sofá, en la piscina". Tras los abusos, el condenado amenazaba al menor y le decía "que no contara nada porque de hacerlo mataría a su madre y a su hermana".
El TSJA también ha desestimado la petición de la defensa de aplicar una atenuante de dilaciones indebidas, al considerar que la duración del proceso (iniciado en octubre de 2020) no ha sido "desorbitados ni extraordinariamente desproporcionados" dada la complejidad de la causa.





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