El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha confirmado la condena de siete años de prisión impuesta a un hombre detenido en Alicante con 428 gramos de ketamina que, según la sentencia, pensaba vender a terceros. El alto tribunal valenciano ratifica así la resolución dictada por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Alicante.
La Sala de lo Civil y Penal mantiene además la multa de 60.000 euros y la expulsión del territorio nacional cuando el penado haya cumplido dos terceras partes de la condena. La resolución no es firme y puede ser recurrida en casación.
Los hechos se remontan al 11 de septiembre de 2025. Según consideró probado la Audiencia Provincial y ahora confirma el TSJCV, el acusado se encontraba sobre las 23.20 horas en una calle de Alicante con una mochila en la que transportaba la droga, empaquetada en una bolsa de plástico.
Al detectar la presencia policial en la zona, el condenado adoptó una actitud esquiva, lo que llevó a los agentes a darle el alto y practicar el registro. Durante la intervención localizaron la sustancia estupefaciente y procedieron a su incautación.

Investigación judicial por tráfico de drogas tras la incautación de ketamina en Alicante
El análisis químico determinó que se trataba de 428 gramos de ketamina, con un valor estimado de 21.211 euros en el mercado ilícito. Al acusado también le fueron intervenidos 55 euros que, según la sentencia, procedían de la venta de droga.
En su recurso de apelación, la defensa alegó, entre otros motivos, que se había vulnerado el derecho de defensa al no practicarse la declaración de un agente de la Policía que participó en el registro y que se encontraba de baja laboral el día del juicio.
Los magistrados rechazan ese argumento y recuerdan que en la vista puede producirse una dificultad sobrevenida para practicar una testifical. En este caso, la patrulla estaba integrada por dos agentes y el otro policía, presente tanto en el registro como en el hallazgo de la droga, sí declaró durante el juicio.
Por ello, la Sala comparte el criterio de la Audiencia Provincial, que no consideró oportuno suspender la causa hasta el alta médica del testigo, especialmente al tratarse de un procedimiento con preso. La sentencia del TSJCV confirma íntegramente la condena, aunque todavía puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.





San Pedro Alcántara
Guía de San Pedro Alcántara
Comentarios
Aviso





