Contratar a una empleada del hogar en España ya no puede entenderse como un acuerdo informal entre particulares. Desde hace años, el empleo doméstico forma parte de un sistema regulado que exige contrato, alta en la Seguridad Social, salario mínimo y cotización. La pregunta que se hacen muchas familias —cuánto cuesta realmente contratar a una persona para limpiar, cuidar, cocinar o atender un domicilio— tiene una respuesta con varios componentes: el sueldo pactado, la jornada, las pagas extraordinarias, la cuota de Seguridad Social y las posibles bonificaciones.
La primera referencia es el Salario Mínimo Interprofesional. En 2026, el SMI para una jornada completa de 40 horas semanales se sitúa en 1.221 euros brutos al mes en 14 pagas, o 1.424,50 euros brutos mensuales si las pagas extraordinarias se prorratean en 12 mensualidades. En términos anuales, el mínimo legal asciende a 17.094 euros brutos. Para el trabajo por horas, la Seguridad Social recuerda que el mínimo es de 8,90 euros por hora si no se incluyen vacaciones, y de 9,55 euros por hora cuando el precio ya incorpora vacaciones y pagas extra.
Ese salario es solo una parte del coste final. El empleador debe dar de alta a la trabajadora antes de que empiece a prestar servicios, aunque se trate de pocas horas a la semana. La obligación no depende de que el trabajo sea diario, semanal o esporádico: si existe una relación laboral remunerada en el hogar familiar, debe comunicarse a la Tesorería General de la Seguridad Social. La cuota mensual se calcula según una tabla de tramos, tomando como referencia la retribución mensual incrementada con la parte proporcional de las pagas extraordinarias.

El coste de contratar una empleada del hogar incluye salario, cotizaciones y obligaciones legales que conviene calcular antes de formalizar el contrato
En 2026 existen ocho tramos de cotización. Para salarios de hasta 329 euros mensuales, la base es de 306 euros. A partir de ahí, las bases aumentan progresivamente: 436 euros, 602 euros, 785 euros, 970 euros, 1.151 euros y 1.424,40 euros. Cuando la retribución mensual supera los 1.424,41 euros, la base de cotización coincide con el salario real. Sobre esa base se aplican distintos porcentajes: contingencias comunes, desempleo, FOGASA, Mecanismo de Equidad Intergeneracional y contingencias profesionales.
En la práctica, el coste para una familia es superior al salario neto que recibe la empleada. En un contrato indefinido, la aportación empresarial ronda el 31,55% de la base de cotización, mientras que la trabajadora aporta aproximadamente un 6,40%, cantidad que se descuenta de su nómina. Así, una empleada a jornada completa con el SMI prorrateado en 12 pagas puede suponer para el empleador un coste mensual que supera claramente los 1.800 euros si se suma salario bruto y cuota empresarial antes de bonificaciones. Si se aplica la bonificación general del 20% en la parte correspondiente, el importe puede reducirse, y las familias numerosas pueden acceder a descuentos mayores si cumplen los requisitos.
Para jornadas parciales, el cálculo baja de forma proporcional, aunque no siempre de manera lineal en la cuota, porque los tramos de cotización agrupan rangos de salario. Por ejemplo, una persona contratada 20 horas semanales puede tener un salario bruto mensual cercano a la mitad del SMI si se prorratean las pagas, pero la base de cotización aplicable dependerá del tramo en el que encaje la retribución. Por eso, dos contratos con sueldos parecidos pueden generar la misma cuota si quedan dentro del mismo intervalo.
También conviene distinguir entre salario bruto, salario neto y coste total. El bruto es la cantidad pactada antes de descuentos. El neto es lo que la trabajadora percibe después de restar su aportación a la Seguridad Social. El coste total para el empleador incluye, además, la cuota empresarial. A ello pueden sumarse otros gastos indirectos: gestión de nómina si se contrata una asesoría, sustituciones durante vacaciones, horas extraordinarias, complementos por pernocta o tareas de cuidado, y posibles regularizaciones si cambia el salario mínimo.
La contratación de una empleada interna introduce particularidades adicionales. El alojamiento y la manutención pueden pactarse como salario en especie, pero nunca pueden reducir la cuantía íntegra en dinero por debajo del salario mínimo legal. Además, deben respetarse los descansos, los tiempos de presencia y las condiciones específicas de este tipo de relación laboral. En estos casos, calcular solo el sueldo mensual puede llevar a una imagen incompleta del coste real.
La recomendación para cualquier familia es hacer una simulación antes de contratar. La calculadora de Importass de la Seguridad Social permite introducir tipo de contrato, jornada, salario, pagas extra y posibles bonificaciones para obtener una estimación de la cuota mensual. Es una herramienta útil porque evita dos errores frecuentes: pactar un salario por debajo del mínimo o calcular el coste sin incluir la cotización obligatoria.
En definitiva, contratar a una empleada del hogar cuesta, como mínimo, el salario proporcional al SMI más las cotizaciones que correspondan. Para una jornada completa, la referencia salarial parte de 1.221 euros brutos en 14 pagas o 1.424,50 euros en 12 pagas, pero el desembolso real de la familia será mayor al sumar la Seguridad Social. La formalización encarece frente al pago informal, pero también ofrece cobertura, derechos y seguridad jurídica para ambas partes. La pregunta, por tanto, no debería ser solo cuánto cuesta contratar, sino cuánto cuesta hacerlo correctamente.





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