El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado una pena a siete años de prisión para dos hermanos acusados de sacar un ojo a un pariente tras una discusión previa en un bar de Granada, un ataque que tuvo su origen en disputas previas relacionadas con la compraventa de un caballo.
La sentencia, contra la que no cabe recurso y a la que ha tenido acceso EFE, da firmeza definitiva al fallo que dictó la Audiencia de Granada y que también confirmó el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), y condena además a los acusados a pagar las costas procesales.
Los hechos se remontan al 6 de diciembre de 2018 cuando coinciden en un bar de Montejícar (Granada) dos hermanos y otro pariente, enemistados entre ellos por la compraventa tiempo atrás de un caballo.
Ese día festivo, se vieron en un bar en el que los hermanos llevaban ya un tiempo bebiendo junto a la mujer de uno de ellos y, aunque la víctima se situó en el otro extremo del local, pronto comenzaron los insultos y las amenazas, por lo que el dueño del local les llamó la atención.
La víctima se marchó entonces del bar en dirección a su casa, lo mismo que hicieron los hermanos después de intentar tomar otra consumición que les fue denegada.

Tribunal Superior de Justicia de Andalucía
Los dos hermanos y la mujer de uno de ellos salieron entonces, cada uno en un vehículo, y se dirigieron a la vivienda de la víctima, a cierta distancia y con el objetivo de mediar para evitar incidentes.
Al llegar comenzaron una pelea en la que los dos hermanos, puestos de común acuerdo, agredieron a su pariente, al que "arrancaron de cuajo" un ojo haciendo de manera deliberada "bastante fuerza de tracción hacia fuera", según la sentencia del Supremo.
En la agresión, también le causaron heridas graves en el otro ojo, que necesitó sutura.
En este enfrentamiento, la víctima llevaba una pistola de fogueo con apariencia de real, en buen estado de conservación y funcionamiento, que no disparó pero que sí usó contra sus agresores, que sufrieron heridas contusas.
Un vecino de la víctima fue el primero en auxiliarlo.
El ojo arrancado apareció en un charco de sangre a unos cuatro metros de la puerta de la casa de la víctima y también apareció la pistola, que uno de los hermanas se llevó y tiró a unos kilómetros del lugar de los hechos.
La Audiencia de Granada condenó a cada uno de los hermanos a siete años y medio de cárcel como autores de un delito de lesiones con la atenuante de intoxicación temporal porque habían consumido alcohol antes del ataque.
La sentencia los condenó además a indemnizar a la víctima con 584.537 euros, un fallo que han elevado hasta el Supremo al considerar que se vulneró su derecho a un juicio justo porque no se exhibió el arma que portaba la víctima.
La sentencia ha desestimado los recursos y ha incidido en que no consta que la víctima los amenazase en el bar ni que pusiera el arma en la sien de los procesados, como han alegado.





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