La Audiencia Provincial de Huelva ha absuelto a un hombre de los delitos de agresión sexual, detención ilegal y hurto al considerar que existen "dudas razonables" sobre la versión de la mujer que denunció el ataque.
No obstante, el tribunal lo ha condenado a un mes de multa por un delito leve de lesiones, tras quedar probado que forcejeó con la mujer y la agarró del cuello.
Según la sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, los hechos ocurrieron la madrugada del 27 de marzo de 2023, cuando la denunciante entró en el domicilio, donde permaneció hasta la mañana del mismo día.
Durante la estancia se produjo un forcejeo en el que el acusado provocó a la mujer hematomas y rasguños que tardaron diez días en curar.
En el fallo, el tribunal aplica al condenado la atenuante analógica de anomalía o alteración psíquica, dado que presenta un trastorno del desarrollo intelectual con un grado de minusvalía reconocido del 66 %.
Por el delito leve de lesiones, se le impone una pena de un mes de multa con una cuota diaria de seis euros, así como la obligación de indemnizar a la víctima con 494 euros en concepto de responsabilidad civil.
La sentencia explica que, si bien el testimonio de la víctima cumple con los requisitos iniciales de credibilidad y persistencia, el análisis de la verosimilitud ofrece un resultado "por completo abierto a la incertidumbre".
La sala subraya que la narración de la denunciante era prácticamente la única pieza incriminatoria y que no se aportaron pruebas objetivas que sustentaron las acusaciones más graves.
Entre los factores que determinan la absolución de los cargos de agresión sexual y detención ilegal, el tribunal destaca el que la propia denunciante no reconoció haber sufrido una agresión sexual, y los informes médicos no mostraron lesiones compatibles con dicho delito.
Asimismo, refiere que la mujer declaró que había perdido el conocimiento durante siete horas tras oler un paño con amoníaco. Sin embargo, no se realizó análisis de sangre ni de orina para verificar la presencia de sustancias sedantes, ni se ordenó la entrada y registro en la vivienda del acusado para buscar dicho paño.
El tribunal aprecia también un "vacío de varias horas" en el relato de la víctima, ya que mientras ella indicó que fue introducida en la casa hacia las 22:00 horas, las pruebas demostraron que durante las tres horas posteriores estuvo intercambiando mensajes de audio con una amiga, en los que mostró un estado de ánimo depresivo.
Por todo ello, la Audiencia de Huelva concluye que no es posible alcanzar la certeza "más allá de toda duda razonable" para dictar una condena por los delitos de agresión sexual y detención ilegal.





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