El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena de 17 años y medio de prisión impuesta a Víctor Manuel G. F. por intentar matar a su exsuegros, a quienes atropelló intencionadamente dentro de un garaje en Berja (Almería) en marzo de 2023.
La sentencia de la Sala de lo Civil y Penal del Alto Tribunal andaluz, a la que ha tenido acceso EFE, ha desestimado íntegramente el recurso de apelación de la defensa del acusado y ha ratificado el fallo dictado originalmente en junio de 2025 por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Almería.
Los magistrados han validado la pena de 10 años de prisión por un delito de asesinato en grado de tentativa cometido contra el padre de su expareja, y de 7 años y 6 meses por un delito de homicidio en grado de tentativa contra la madre de esta.
Además, se mantienen las órdenes de alejamiento de 500 metros durante 17 años y el pago de indemnizaciones que suman más de 330.000 euros para las víctimas por las graves secuelas físicas sufridas.

Los hechos probados, ratificados ahora por el TSJA, tuvieron lugar sobre las 15:00 horas del 18 de marzo de 2023, cuando Víctor Manuel G. F., movido por el resentimiento tras la ruptura sentimental con la hija de las víctimas y problemas derivados del régimen de visitas de su nieto, esperó a sus exsuegros en la calle Gaudí de Berja a bordo de un vehículo.
Cuando la pareja accedió a pie a su garaje comunitario, el acusado irrumpió con el coche en el recinto. Primero embistió de forma sorpresiva al hombre, lanzándolo contra un pilar, y posteriormente atropelló a la mujer cuando esta intentaba auxiliar a su marido.
Según la resolución, durante el ataque el procesado les gritó frases como "sabes que te tenía que matar" o "de la cárcel se sale, pero del cementerio no".
El TSJA ha rechazado la tesis de la defensa, que solicitaba la absolución o una condena menor por lesiones imprudentes, alegando que no existía ánimo de matar.
El tribunal ha considerado que el uso de un vehículo en un espacio cerrado, la reiteración de los atropellos y las expresiones proferidas evidencian un dolo homicida claro.
El fallo ha destacado que el acusado intentó dar marcha atrás para rematarlos, acción que solo cesó gracias a la intervención de un vecino que se interpuso en la trayectoria del coche.
Asimismo, la sentencia ha descartado la aplicación de atenuantes por alteración psíquica o drogadicción, ya que aunque el acusado tenía antecedentes de consumo de estupefacientes y tratamiento por ansiedad, no se ha acreditado que el día de autos tuviera sus facultades intelectivas o volitivas anuladas o gravemente afectadas, dando negativo en las pruebas de alcoholemia posteriores al suceso.
Contra esta resolución cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.





Guía de San Pedro Alcántara

Comentarios
Aviso





