FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) a la promotora del festival Brava Madrid por requerir certificados médicos a los asistentes con intolerancias alimentarias o alérgenos que querían acceder al recinto con comida de fuera.
La asociación pudo comprobar cómo en la web de este festival que tuvo lugar los días 19 y 20 de septiembre en Torrejón de Ardoz, en el apartado de "Info importante", explicaban que "en el caso de intolerancias alimentarias o alérgenos, el asistente podrá acceder con comida individual mostrando el certificado médico correspondiente".
FACUA considera que la imposición de mostrar mediante certificado médico el padecimiento de una enfermedad o intolerancia para poder acceder al recinto supone el establecimiento de una condición de acceso completamente desproporcionada, pues se trata de datos de carácter personal relativos a la salud especialmente protegidos.
Qué dice la ley
La condición de requerir un certificado médico supone un incumplimiento claro del artículo 5 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, donde se establece que los datos personales serán "adecuados, pertinentes y limitados a lo necesario en relación con los fines para los que son tratados (minimización de datos)".

Además, el artículo 9 de esta misma norma recoge que "quedan prohibidos el tratamiento de datos personales que revelen el origen étnico o racial, las opiniones políticas, las convicciones religiosas o filosóficas, o la afiliación sindical, y el tratamiento de datos genéticos, datos biométricos dirigidos a identificar de manera unívoca a una persona física, datos relativos a la salud o datos relativos a la vida sexual o las orientación sexuales de una persona física".
Así, el articulo 72 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales señala que "se consideran muy graves y prescribirán a los tres años" las infracciones relacionadas con "el tratamiento de datos personales vulnerando los principios y garantías establecidos en el artículo 5 del Reglamento (UE) 2016/679".
Por todo ello, FACUA ha pedido a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) que abra expediente sancionador a Festival Brava Madrid AIE por incumplir la normativa vigente al solicitar certificados médicos a los asistentes con intolerancias alimentarias o alérgenos.





Guía de San Pedro Alcántara
Comentarios
Aviso





